Amigos:
Quiero
informarles que en la sesión del 18 de octubre de 2011, aprobamos con 328 votos
el dictamen para regular las más de 5 mil casas de empeño que operan en el
país, con transacciones prendarias que se realizan con un mínimo de controles y
exponen al consumidor a cobros excesivos de intereses.
Mi
compañero, el diputado Daniel Ávila Ruíz destacó que en el mes de abril del año
2009, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) tenía registradas mil
449 casas pero según esta Procuraduría sólo la tercera parte cuenta con
registro.
“Las
casas de empeño, voluntaria e involuntariamente se han convertido en cómplices
y facilitadores de delitos ya que delincuentes recurren a ellas a empeñar
enseres producto de robos a casas habitación, así mismo levantan sospechas
sobre el lavado de dinero”, detalló.
Señaló
que desde el año 2006 se han iniciado 300 averiguaciones previas por posible
lavado de dinero, involucrando miles de millones de pesos, por lo que el
dictamen busca fortalecer las facultades de supervisión y control de la
Profeco, mediante la creación de un registro público de casas de empeño.
El
dictamen con proyecto de decreto que reforma los artículos 65 Bis y 128, y
adiciona del 65 Bis 1 al 65 Bis 7 a la Ley Federal de Protección al Consumidor
establece que la Secretaría de Economía deberá expedir una norma que regule
aspectos operativos como: características de la información que se debe
proporcionar al consumidor, elementos de información que debe contener el
contrato de adhesión para formalizar operaciones, y que los contratos contengan
la suma de los costos asociados a la operación.
“Serán
casas de empeño los proveedores personas físicas, morales e instituciones no
reguladas por leyes y autoridades financieras que en forma habitual o
profesional realicen u oferten al público contrataciones u operaciones de mutuo
con interés y garantía prendaria, independientemente de la forma en que estén
constituidas y el destino que le den a sus recursos”, señala el artículo 65
Bis.

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