Amigos:
Quiero informarles que en
este recuento de los dictámenes que aprobamos en el último periodo ordinario de
sesiones, en la sesión del 8 de diciembre de 2011, aprobamos por 317 votos a favor y
una abstención, el dictamen reforma el artículo 225 de la Ley General de Salud,
con lo que se mandata a la industria farmacéutica mexicana a incluir en los
medicamentos, en forma legible en sistema Braille, la denominación es distintiva,
denominación genérica, dosis y fecha de caducidad.
En las consideraciones, se
expone que la ceguera es una discapacidad física que consiste en la pérdida
total o parcial del sentido de la vista. El sistema Braille permite la lectura
y escritura táctil pensado para personas ciegas.
Se enfatiza que el sistema no
es un idioma, sino un alfabeto. Con el cual pueden representarse las letras,
los signos de puntuación, los números, la grafía científica, los símbolos
matemáticos y la música.
El documento señala que uno
de los objetivos primordiales es coadyuvar en una mejor calidad de vida para
miles de mexicanos con problemas de ceguera y no cuentan con personas que les
auxilien en sus actividades diarias y más aun en cuestiones tan importantes
como lo es el cuidado de su salud, resulta necesario garantizarles la compra de
medicamentos seguros y de fácil reconocimiento a través de mecanismos a su
alcance.
En México, cifras oficiales
indican que un millón 795 mil personas, es decir, 1.8 por ciento de la
población nacional, tiene alguna discapacidad.
De acuerdo con datos del INEGI,
45.3 por ciento de esta población tiene discapacidad motriz, 26 por ciento visual;
16.1, mental; 15.7, auditiva.

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