martes, 22 de febrero de 2011

Aprobamos reformas para exigir a empresas de seguridad privadas mayores requisitos


Amigas y amigos:

En la sesión del pasado martes 8 de febrero, aprobamos reformas al artículo 25 de la Ley Federal de Seguridad Privada, para establecer que los prestadores de estos servicios que operen con dispositivos, sistemas o procedimientos técnicos especializados, presenten una relación y muestra física de los equipos que utilicen para obtener autorización.

El dictamen de la Comisión de Seguridad Pública reforma las fracciones XV y XVII y adiciona la XXII y XXIII del artículo 25 de dicha Ley, donde el objetivo es reforzar los requisitos a cargo de las empresas privadas que ofrecen servicios de vigilancia, rastreo, monitoreo y seguimiento de personas y vehículos, como dispositivos de localización que operan vía satélite.

Se precisa que la problemática en el aumento de la incidencia delictiva; además de exigir mayor eficiencia en el funcionamiento de los cuerpos policiales, propicia que la sociedad busque medios y mecanismos nativos para proteger su patrimonio y su integridad personal, por lo que el sector de la seguridad privada cobra auge, al constituirse como una actividad estratégica coadyuvante de la seguridad pública.

“Es importante actualizar el contenido de la Ley, a fin de que las empresas dedicadas a prestar los servicios de alarmas y de monitoreo electrónico eleven el nivel de seguridad de los usuarios, estableciendo los requisitos que se deben cumplir, así como las condiciones mínimas de seguridad que deben guardar las propias empresas a fin de que éstas sean identificadas de forma clara y precisa”, se destaca.

Se mandó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

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